Requisitos para viajar a españa por reagrupacion familiar

Visado de reagrupación familiar España

A continuación puede encontrar la información más útil sobre los diferentes tipos de visados y los procesos detallados de solicitud de visado para visitar España. No olvide comprar su billete de avión para España como primer paso para comenzar sus preparativos.

España se encuentra en la Unión Europea y en el espacio Schengen, en el que los estados miembros europeos han acordado conjuntamente sus normas comunes de visado hacia los ciudadanos extranjeros. La mayoría de los Estados miembros de la UE han establecido un área de libre circulación. Por lo tanto, los ciudadanos no comunitarios cuyos gobiernos no hayan firmado acuerdos de exención de visado deberán solicitar un visado de entrada para viajar a España y/o a otros Estados Schengen.

Los diferentes tipos de visado para visitar España pueden clasificarse a grandes rasgos en función de si se trata de estancias de corta o larga duración. Pueden expedirse como visados de entrada única, de entrada doble o de entrada múltiple para visitas de hasta 90 días en períodos de 180 días. El visado de entrada única concede la entrada una sola vez, mientras que los titulares de un visado de doble entrada pueden viajar dos veces en el plazo designado y el visado de entrada múltiple permite visitas consecutivas a España.

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El derecho a la unidad familiar se establece en los artículos 39 a 41 de la Ley de Asilo. La ley refleja dos aspectos que se suman y dan cumplimiento a este derecho: la «Extensión familiar del derecho de asilo o de la protección subsidiaria»,[1] y la «Reagrupación familiar»,[2] pudiendo el solicitante optar por cualquiera de ellas, salvo en los casos en que la familia tenga distinta nacionalidad. En estos casos, será obligatorio optar por la reagrupación familiar.

Dado que la prórroga va unida a la norma principal sobre beneficiarios establecida por la Ley de Asilo, no existen distinciones entre los refugiados y los beneficiarios de protección subsidiaria a la hora de establecer los requisitos para la prórroga.

Al referirse a la extensión de la protección internacional del beneficiario a aquellos familiares que sean ascendientes, la Ley de Asilo original no establecía requisitos de dependencia económica del reagrupante, aunque la ley fue modificada en 2014 para incluir el requisito de la dependencia económica[4], por lo que el umbral requerido es acreditar que el ascendiente depende económicamente del beneficiario de protección internacional.

Comentarios

Todos los ciudadanos europeos que deseen trasladarse a España durante más de 3 meses tienen derecho a vivir en España y a reagrupar a determinados miembros de su familia que no sean ciudadanos de la Unión Europea.

Según la ley, tienen derecho a residir y trabajar temporalmente en España por un periodo de hasta 5 años. También se les permitirá viajar dentro del Espacio Schengen sin restricciones ni trámites adicionales.

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No importa si tienes permiso de residencia o nacionalidad española, tenemos una buena noticia. Ahora puedes traer a tus familiares a España y conseguirles un permiso de residencia y trabajo. ¡Y puedes hacerlo fácilmente! En este artículo le explicaremos todo lo que necesita saber para poder hacerlo. Repasaremos los principales documentos y requisitos para el visado de residencia por reagrupación familiar en España.

Con la primera tarjeta de residencia que obtengas una vez hayas aterrizado en España, no podrás optar a este trámite. Tampoco puedes solicitar la reagrupación familiar con la tarjeta obtenida a través de cualquiera de los diferentes tipos de arraigo.

Por último, cabe destacar que en 2015 se introduce una modificación para incluir un mayor número de familiares a traer. Es lo que se conoce como familia extensa (que veremos más adelante), y permitirá reagrupar a cualquier tipo de familiar, aunque no esté en primera línea de consanguinidad.

Además, otro de los requisitos para poder traer a España a cualquiera de los familiares de la familia extensa es que éste dependa económicamente del familiar en España y sea responsable del mismo en el país de origen. Las transferencias de dinero deben haberse producido en los últimos 12-24 meses y la solicitante debe pagar todos sus gastos.