Desde este año, entrar con un coche sin distintivo medioambiental (también conocido como etiqueta A), la multa que establece de la DGT es de 200 euros, que se reduce a la mitad si se abona pronto pago. El problema llega cuando un conductor ha entrado en reiteradas ocasiones en un mismo día a la ZBE.
Desde este lunes 15 de enero, el Ayuntamiento de Madrid empezará a multar a los coches sin etiqueta de la Dirección General de Tráfico (DGT) que accedan a la M-30 o al interior de la misma, ya que finaliza el periodo de aviso de cuatro meses que entró en vigor el pasado 15 de septiembre de 2023.
La sanción por circular indebidamente por Zonas de Bajas Emisiones o por no cumplir con las restricciones de los protocolos anticontaminación es de 200 euros (100 con pronto pago).
Cualquier vehículo sin etiqueta, que no sea un coche, podrá seguir circulando por Madrid durante todo 2024. Esto incluye a las motos y los ciclomotores, los vehículos de transporte de mercancías (camiones, furgonetas etc.) así como los colectivos de pasajeros (autocares, autobuses etc.).
ETIQUETAS DGT | TODO sobre el lío de las EMISIONES y las MULTAS
¿Qué va a pasar con los coches de más de 20 años?
¿Qué va a pasar con los coches de más de 20 años? De modo genérico, a los coches de más de 20 años no les ocurrirá nada en 2023, salvo que no puedan circular por algunos lugares. Las zonas de bajas emisiones prohibirán el acceso a los vehículos sin distintivo, es decir, aquellos más contaminantes.
¿Por dónde puedo circular en Madrid sin etiqueta 2023? De momento, podrás circular por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid que no estén dentro de las zonas de bajas emisiones (ZBE). Esto excluye las vías que están por dentro de la M-30 y la M-30 como tal.
¿Por qué zonas de Madrid puedo circular sin pegatina?
Coches sin etiqueta (categoría A): pueden circular por todas las calles de Madrid siempre y cuando no se corresponda con una Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección, salvo algunas excepciones.
Un cartel de la Zona de Bajas Emisiones en Madrid. Desde las 00:00 horas de este lunes 15 de enero, las nuevas 257 cámaras que controlan el acceso a la M-30 han comenzado a multar a los vehiculos sin etiqueta que ingresen al interior de la misma; al igual que el nuevo radar de tramo de la calle Sinesio Delgado.
La sanción, definida por la DGT, es de 200 euros, que se queda en 100 euros con reducción. Es la misma que ya se aplica por incumplir con las ZBE de Especial Protección de Madrid: ZBE Distrito Centro (antes Madrid Central) y ZBE Plaza Elíptica.
Vehículos de más de 8 plazas, excluido el conductor, y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014. Etiqueta B, Amarilla : Vehículos de combustión interna que si bien no cumplen con las últimas especificaciones de las emisiones EURO, sí que lo hacen con anteriores.
La pegatina medioambiental de la DGT será obligatoria en determinados municipios con Zona de Bajas Emisiones (ZBE). La ley obliga desde 2023 a implantar una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en determinadas ciudades en las que la pegatina medioambiental de la DGT se convertirá en imprescindible de manera progresiva.
Desde la app miDGT, aplicación para móviles y tablets de la DGT puedes consultar el distintivo de tus vehículos, valido tanto para Android como iOS. Puedes consultar esta página para más información y descarga de la aplicación. 3. Por teléfono, llamando al teléfono 060 con la atención de un agente especializado.
Infracciones que detectan las cámaras de foto multas:
Conducir sin portar el SOAT vigente. Conducir sin la revisión técnico – mecánica al día. Transitar en sitios prohibidos o en horas no permitidas (pico y placa) No detenerse ante una luz amarilla o roja en un semáforo.
El sistema funciona de manera automática con un software que detecta el vehículo. Cada infracción es validada y firmada por un Agente de Tránsito. Las cámaras están encendidas las 24 horas sólo para detectar el exceso de velocidad.
La multa por circular o entrar indebidamente en el nuevo Madrid Central sigue siendo de 90 euros, acogiéndose a lo dictado por los artículos 80.1 y 81 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
¿Dónde se puede circular sin etiqueta en Madrid 2024?
Las restricciones en 2024 todavía no afectan a los coches con etiquetas B y C. Todos estos vehículos pueden seguir circulando por Madrid con normalidad, salvo por la zona ZBEDEP (Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección Distrito Centro).
¿Qué pasa si entras en una Zona de Bajas Emisiones?
La multa por incumplir la reforma de la Ley de Tráfico y acceder a una Zona de Bajas Emisiones sin etiqueta es de 200 euros (100 euros por pronto pago antes de que pasen 20 días desde su notificación), ya que se considera como una infracción grave.
De los 800.000 vehículos que entran en la ciudad de Madrid diariamente, 114.000 son sin etiqueta (14,25 % ), cifra a la que afectaría la aplicación de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) progresivas hasta 2025.
¿Qué pasa con los vehículos sin distintivo ambiental 2024?
Desde el 1 de enero de 2024, no podrán circular por las calles de la capital de España ―ni tampoco acceder a la M-30― aquellos vehículos que no cuenten con una etiqueta medioambiental, conocidos como vehículos A.
¿Qué coches pueden entrar en Madrid en 2024? Los vehículos que podrán circular por las Zonas de Bajas Emisiones son aquellos que tengan cualquier etiqueta B, C, ECO o CERO de la DGT. Los residentes que no tengan el distintivo también podrán moverse, eso sí hasta 2025.
A raíz de estas consideraciones descritas por la DGT, en 2024 ya no tendrán que pasar la ITV los coches y ciclomotores fabricados o matriculados por primera vez antes del 1 de enero de 1950. Eso sí, sigue siendo necesario que se tramite la catalogación de vehículo histórico, algo que puede hacerse en la web de la DGT.
La clave es la antigüedad y serán los coches históricos, que salen de media menos de veinte días al año, los que ya no pasarán más por la ITV si sus dueños no lo estiman oportuno. Para ello el vehículo debe haber sido matriculado antes del 1 de enero de 1950.
Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 2, 3 ,5, 7 y 9. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado verde, terminación de placa 1 y 2 .