Declaración de IVA de los regímenes especiales de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión o electrónicos. Modelo 390. IVA. Declaración Resumen Anual.
Están obligados a presentar esta declaración-resumen anual todos aquellos sujetos pasivos del IVA que tengan la obligación de presentar autoliquidaciones periódicas del IVA, ya sean mensuales o trimestrales (Ver modelo 303 del IVA), y además los sujetos pasivos incluidos dentro de la declaración conjunta.
Las principales diferencias son : Periodicidad : El 303 es trimestral, el 390 es anual. Carácter : El 303 es una declaración-liquidación (es decir, que implica un pago), mientras que el 390 es informativo.
El modelo 390 es una declaración informativa que han de rellenar las personas físicas y jurídicas (es decir, tanto los autónomos como las empresas) para informar a la Agencia Tributaria acerca de las operaciones con IVA que han realizado durante el año anterior.
Primer trimestre: hasta el 15 de abril. Segundo trimestre: hasta el 15 de julio. Tercer trimestre: hasta el 15 de octubre. Cuarto trimestre: hasta el 25 de enero.
El modelo 390 es el resumen anual del IVA de tu actividad de autónomo. Es decir, es una declaración informativa sobre el IVA de tus ventas y compras del año natural (de enero a diciembre). Es informativa porque no tienes que pagar nada.
El modelo 390 es el resumen anual de las declaraciones trimestrales de IVA presentadas a lo largo del año (modelos 303). Se trata de un modelo obligatorio pero sólo es informativo, con el detalle y resumen de todas las operaciones del año, por lo que no supone la realización de ningún cargo o pago.
El tipo general de IVA es el 21%. Los tipos reducidos vigentes son el 10% y el 4% (también se aplican el 5% y el 0% a determinadas operaciones). En los enlaces que se muestran a continuación puedes consultar a qué bienes y servicios se aplican los tipos impositivos reducidos tanto actualmente, como en años anteriores.
El modelo 303 se presenta trimestralmente, es decir, 4 veces al año. Primer trimestre: del 01 al 20 de abril. Segundo trimestre: del 01 al 20 de julio. Tercer trimestre: del 01 al 20 de octubre.
Hasta el 12 de septiembre, los prestadores de servicios desde el exterior deben presentar y pagar la declaración de IVA del bimestre julio – agosto de 2025. El plazo es el mismo para todos los Números de Identificación Tributaria (NIT).
¿Cómo sé si estoy obligado a presentar la declaración?
Asimismo, se recuerda que la Declaración Anual 2024 es una obligación para las personas que obtengan ingresos por las siguientes actividades: Sueldos y salarios: Si trabajaron para un solo empleador y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre. Si obtuvieron ingresos distintos de salarios.
Sí, es posible rectificar el modelo 390 después de haberlo presentado si detectas errores o inconsistencias. Para ello, deberás presentar una declaración complementaria o sustitutiva a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
La declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido, modelo 390, deberá presentarse en los treinta primeros días naturales del mes de enero siguiente al año al que se refiere la declaración. Los vencimientos que coincidan con un día inhábil se considerarán trasladados al primer día hábil siguiente.
Si la declaración se presenta fuera de plazo, pero antes de que Hacienda lo detecte, se aplicarán los siguientes recargos: Menos de 3 meses de retraso: Recargo del 1% por cada mes de demora. Entre 3 y 12 meses de retraso: Recargo fijo del 10%. Más de 12 meses: Recargo del 15% más intereses de demora.
Para T1 de 2025: 1 de abril al 21 de abril de 2025. Para T2 de 2025: 1 de julio al 21 de julio de 2025. Para T3 de 2025: 1 de octubre al 20 de octubre de 2025. Para T4 de 2025: 1 de enero al 31 de enero de 2026.
No están obligados a presentar el modelo 390 los siguientes contribuyentes: Sujetos pasivos con periodo de liquidación trimestral que, tributando solamente en territorio común, realicen actividades en régimen simplificado IVA y/o cuya actividad consista en operaciones de arrendamiento de bienes inmuebles urbanos.
Multas fijas por presentación fuera de plazo sin requerimiento previo, que pueden oscilar entre los 100 y 200 euros. Sanciones más graves si Hacienda realiza un requerimiento formal para la presentación del modelo y el contribuyente sigue sin cumplir con la obligación.
¿Cuál es el último día para pagar el IVA trimestral?
¿En qué fecha se paga normalmente? El pago del IVA con domiciliación bancaria se carga en la cuenta del contribuyente el último día del plazo de presentación voluntaria de cada trimestre. Esto suele ser el día 20 de abril, julio y octubre, y a finales de enero para el cuarto trimestre.
Y por último, la casilla 523 se refiere a los servicios realizados que originan una inversión del sujeto pasivo, es decir, cuando el IVA no lo declaramos nosotros sino nuestros clientes, según el artículo 84.1-2º de la Ley del IVA.
¿Qué es el sujeto pasivo en el IVA? Todas las personas físicas o jurídicas que estén obligadas a cumplir con las obligaciones fiscales relacionadas con las entregas de bienes y prestaciones de servicios sujetas al IVA son sujetos pasivos de este impuesto.