En Madrid, la prohibición total de circular para los vehículos con etiqueta B en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) está programada para el 1 de enero de 2028.
Madrid presenta un escenario distinto, al menos por ahora. En 2026, los coches con etiqueta B pueden seguir circulando por la ZBE de la capital española, que abarca todo el municipio, sin restricciones generales. Además, anunciaron una prórroga para los coches de residentes más contaminantes.
Actualmente no existe una fecha oficial en la que el Ayuntamiento de Madrid prohíba de forma definitiva y generalizada la circulación de los vehículos con etiqueta B en todo el municipio. Las prohibiciones se están aplicando de forma progresiva y, por el momento, el veto total solo afecta a los coches sin etiqueta (etiqueta A).
Las restricciones para los vehículos con etiqueta B no se aplicarán de golpe, sino de forma progresiva. Estas son algunas fechas clave: Madrid y Cataluña: a partir del 1 de enero de 2026, los vehículos con etiqueta B no podrán circular por las ZBE.
La prohibición total de los coches con etiqueta B (pegatina amarilla) en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) está fijada de forma permanente para el 1 de enero de 2028 en grandes urbes como Madrid y el área metropolitana de Barcelona.
El futuro de los coches con etiqueta B (amarilla) es muy limitado en las ciudades. La tendencia europea y nacional avanza hacia la restricción progresiva de los vehículos más contaminantes. Aunque su desaparición total de las calles será gradual, su valor de reventa caerá drásticamente y tendrán el acceso prohibido de forma definitiva en la mayoría de las urbes.
¿Qué coches no podrán circular por Madrid a partir de 2026?
A partir de 2026, los vehículos principales que no pueden circular por el municipio de Madrid son los turismos sin etiqueta medioambiental (clasificación A), es decir, los gasolina matriculados antes del año 2000 y los diésel anteriores a 2006.
¿Cuáles son las nuevas normas de la DGT para el 2026?
El mayor paquete de reformas de la DGT incluye cambios clave para modernizar la seguridad vial. Las normativas más destacadas incluyen la obligatoriedad de la luz V16 en lugar de los triángulos, la creación obligatoria de un carril de emergencia, nuevos requisitos para adelantar y el fin de las excepciones en el uso del cinturón.
El impacto más significativo para 2026 es la Regla del Salario del 50%, que exige que el salario base represente al menos la mitad del total de la remuneración total de un empleado.
¿Los coches con etiqueta B pueden entrar en Madrid Central?
Los turismos y furgonetas ligeras con etiqueta B de la DGT pueden entrar y circular por la mayor parte del municipio de Madrid (ZBE Madrid y ZBEDEP Plaza Elíptica) sin restricciones, salvo en la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección en Distrito Centro.
Los vehículos con distintivo B (gasolina Euro 3 o 4, diésel Euro 4 o 5) tienen prohibido el acceso o circulación sin estacionar en los aparcamientos autorizados dentro de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). Además, estas normativas varían drásticamente dependiendo de la ciudad: RACE
¿Cuándo no podrán circular los coches diésel en Madrid?
Los coches diésel que carecen de etiqueta ambiental (matriculados antes de 2006) tienen prohibido circular por todo el municipio de Madrid. Para los diésel con distintivo B (matriculados entre 2006 y 2015), existen restricciones específicas según la zona y el propósito del viaje.
Comprar un coche diésel en 2026 sigue siendo recomendable solo si recorres más de 20,000 km al año, la mayoría por carretera. Si tus trayectos son cortos o principalmente urbanos, un gasolina o un híbrido (etiqueta ECO) resultan opciones mucho más económicas y menos propensas a averías.
Si tu vehículo tiene la etiqueta C o B, solo podrás acceder y circular por la ZBE de Especial Protección si estacionas en un parking autorizado. Ten en cuenta que, con estas dos etiquetas, no podrás estacionar en la zona del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) que esté dentro de la ZBE de Especial Protección.
¿Es obligatorio llevar la etiqueta de la DGT en Madrid?
¿Es obligatorio llevar la pegatina medioambiental en Madrid? Es un requisito indispensable para acceder y circular por cualquiera de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) y Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) de la capital.
El Ayuntamiento de Madrid todavía no ha establecido una fecha oficial para la prohibición total de la circulación de vehículos con etiqueta B (pegatina amarilla) en la ciudad. Actualmente, los coches con este distintivo pueden seguir circulando sin restricciones por el perímetro general de Madrid y Plaza Elíptica. RACE
¿Qué es obligatorio llevar en el coche a partir de 2026?
A partir de 2026, lo más destacado que debes llevar obligatoriamente es la baliza de emergencia V16 geolocalizada, la cual sustituye definitivamente a los triángulos. Además, debes contar con la documentación en vigor y, según el caso, accesorios para circunstancias específicas. YouTube·Abogada Spain - Ari Lopez
El proyecto de ley del impuesto sobre la renta de 2026 introduce formalmente el concepto de "año fiscal", alineando el período de información financiera y de evaluación fiscal con los estándares globales. A diferencia del modelo actual de año fiscal y año de evaluación, el nuevo marco simplifica el cumplimiento al contar con un único período unificado: el año fiscal.
Las pegatinas B (etiqueta amarilla) de la DGT no dejarán de valer en toda España en una fecha fija. Su validez depende del municipio y de las normativas de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), que varían según la ciudad:
¿Qué coches no podrán entrar en Madrid a partir del 1 de enero de 2026?
A partir del 1 de enero de 2026, tienen prohibido circular por todo el término municipal de Madrid los turismos sin etiqueta medioambiental (clasificación A) que no estén empadronados y domiciliados en la capital. Esto afecta a los coches de gasolina matriculados antes del año 2000 y a los diésel anteriores a 2006.
Sí, puedes circular por la M-40 sin pegatina medioambiental. Como la M-40 es una vía de circunvalación interurbana, está exenta de las restricciones de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid.
Sí, puedes circular con total normalidad por la M-30 y por el interior de la misma con un vehículo que tenga la etiqueta B. No obstante, debes tener en cuenta las siguientes excepciones y zonas restringidas: Autopista
¿Qué tipo de coche conduces? Si tienes un coche de gasolina matriculado después de enero de 2000 (norma EURO 3) o un coche diésel matriculado después de enero de 2006 (norma EURO 4 o 5), puedes conducir hasta tu hotel si este dispone de una plaza de aparcamiento propia asociada al sistema Madrid Central.