A partir del 1 de julio de 2026 las empresas que facturen anualmente menos de 6 millones de euros deberán remitir de forma instantánea todas sus facturas a la Agencia Tributaria. Esta obligación viene especificada en la Ley de 2021 para prevenir y evitar el fraude fiscal, como hemos explicado anteriormente.
Los empresarios y profesionales están obligados a expedir factura y copia de ésta por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen en desarrollo de su actividad y a conservar copia de la misma.
De manera general, debes emitir la factura después de prestar tus servicios o vender tus productos. Pero si tu cliente es autónomo o empresa, tienes hasta el día 16 del mes siguiente para entregarle la factura. Por tanto, puedes emitir la factura antes de cobrarla.
De manera general, todas las personas o entidades que tengan la calidad de comerciantes, ejerzan profesiones liberales o presten servicios inherentes a estas, o enajenen bienes producto de la actividad agrícola o ganadera, están obligados a expedir factura electrónica o documento equivalente.
¿Quién está obligado a facturar electrónicamente en 2025?
Aquellos que sean responsables de impuestos como el IVA o el consumo, así como los comerciantes y ciertos contribuyentes del régimen simple, están obligados a realizar este proceso, ya sea electrónicamente o mediante documentos equivalentes.
Factura Electrónica y Verifactu. La GUÍA DEFINITIVA para Evitar Multas de 50.000€
¿Quién está obligado a emitir una factura electrónica en 2025?
A partir de 2025, la facturación electrónica será obligatoria en España para todas las empresas que facturen más de 8 millones de euros al año, según lo estipulado por el real decreto que regula el uso de la factura electrónica.
Este 2025, se ha reactivado el reglamento que hará obligatorio el uso de la factura electrónica en España entre empresas y autónomos con la publicación de una segunda audiencia pública de la Ley Crea y Crece cuyo plazo de presentación de solicitudes acabó el pasado 7 de abril de 2025.
Están obligadas a la emisión del CFDI (factura electrónica) todas aquellas personas físicas o morales que se sitúen en los supuestos establecidos en el artículo 29 del código fiscal de la federación, que son los siguientes: Por los actos o actividades que realicen. Por los ingresos que perciban.
¿Cuál es el límite para facturar a consumidor final en 2025?
Identificación del Consumidor Final. A través de la RG 5700/2025 se incrementa a $ 10.000.000 (antes $ 417.288 / $ 208.644) el importe a partir del cual corresponde identificar en los comprobantes que se emitan al adquirente, locatario o prestatario cuando revista el carácter de consumidor final.
En muchas empresas también es probable que se realicen transacciones sin facturas, a menudo basadas en un proceso de Pago al Recibo o de Liquidación de Recibos Evaluados , donde el pago se realiza según los términos de la orden de compra y la recepción de los artículos comprados activa el pago.
Quedan exentas de esta obligación: Las empresas minoristas o profesionales que presten servicios directamente a particulares, salvo que el cliente solicite expresamente la factura electrónica. Las operaciones facturadas mediante facturas simplificadas (por ejemplo, tickets de compra).
¿Cuáles son los cambios en la facturación para 2025?
A partir de 2025, las facturas solo pueden cancelarse dentro del mismo mes en que fueron emitidas. Es obligatorio justificar la cancelación y emitir un nuevo comprobante si es necesario. Las sanciones aumentarán para quienes emitan CFDI con datos incorrectos o que no cumplan con los nuevos lineamientos.
¿Cuál es el importe mínimo para una factura electrónica?
Muchas de las administraciones han desarrollado un reglamento y han previsto el importe mínimo de la factura electrónica en 5.000 euros (IVA incluido), por lo que los empresarios sólo deberán usar este tipo de factura si realizan un trabajo por un importe superior.
No es obligatorio hacer factura cuando se realice un servicio a un particular y sea uno de estos casos: Las operaciones exentas de IVA por el art. 20, a excepción de las operaciones relacionadas con los servicios sanitarios y de hospitalización.
Algunas compras que puedes facturar son: Mensualmente: pago erogado por sueldos y salarios, cuotas pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), renta de un local, el pago de luz y teléfono de este, e insumos necesarios para llevar a cabo tus actividades laborales.
Si un cliente no solicita factura, es responsabilidad del vendedor cumplir con la obligación de emitirla. En caso de no hacerlo, el empresario se expone a diversas sanciones administrativas que pueden incluir multas económicas, el cierre temporal del negocio y la cancelación del registro como contribuyente.
¿Cuándo se está obligado a facturar electrónicamente?
¿Quiénes deben facturar electrónicamente? Personas jurídicas que enajenen bienes y/o servicios. Personas naturales que enajenen bienes y/o servicios con ingresos brutos superiores a 3.500 UVT. Personas naturales contratistas del Estado con ingresos brutos superiores a 4.000 UVT.
Un cambio de gran relevancia que entrará en vigor a partir del 1 de julio de 2025 es la obligatoriedad de la factura electrónica para todas las empresas y autónomos en España.
En 2025, tal cual ha venido funcionando en el país, el cumplimiento con la facturación electrónica no será opcional: Todas las personas jurídicas que vendan bienes y servicios deben emitir factura electrónica, al igual que las personas naturales cuyos ingresos superen los 3.500 UVT (alrededor de 130 millones de pesos ...
¿Cuál es la sanción por no emitir una factura electrónica?
Según el artículo 201 de la Ley 58/2003, General Tributaria, la sanción por defecto de no emitir una factura (sea electrónica o no), es la siguiente: 2 % del importe de las operaciones, si Hacienda puede calcularlo. 300 € por factura si no se puede calcula el importe.
¿Cuál es el límite para facturar sin ser autónomo en 2025?
¿Cuánto se puede facturar sin ser autónomo en 2025? El límite está fijado en el SMI, que en 2025 asciende a 1.184 euros en 14 pagas (16.576 euros anuales). Si tus ingresos superan esta cantidad, estarás obligado a darte de alta como autónomo.
Si el gasto es mayor a $2,000 pesos en la factura, ¡no será deducible! 🚫 Esto solo aplica si pagas en efectivo; las transacciones con tarjeta 💳 o transferencia bancaria 🏦 no entran en esta regla.