Si en un mes determinado reporta ingresos brutos de S/ 20,000.00, y la tasa impositiva del RER es del 1.5%, el cálculo sería el siguiente: Ingresos brutos: S/ 20,000.00. Tasa impositiva del RER: 1.5%. Impuesto a pagar: 1.5% de S/ 20,000.00 = S/ 300.00.
Cabe señalar que este régimen comprende el cumplimiento de dos impuestos, el impuesto a la Renta y el Impuesto General a las Ventas. La declaración jurada mensual y el pago de los impuestos podrá realizarla utilizando el Programa de Declaración Telemática (PDT).
¿Cuál es el porcentaje que se paga de impuesto a la renta?
Tarifa: La tarifa del impuesto sobre la renta es progresiva, lo que significa que aumenta a medida que aumenta la renta líquida. La tarifa general para personas naturales va del 0% al 39%, mientras que para personas jurídicas es del 35%, con algunas excepciones.
¿Qué porcentaje se paga del impuesto sobre la renta?
El Impuesto Sobre la Renta (ISR) en 2025 aplica una tasa fija del 30% para empresas y tasas progresivas (1.92% a 35%) para personas físicas, según tus ingresos. En esta guía, te explicamos cómo calcularlo paso a paso con ejemplos prácticos y las tablas oficiales del SAT.
¿Cuánto se paga de impuestos sobre la renta de tercera categoría?
Cuadro análitico de los impuestos de tercera categoría: Cómo determinarlos. En cuánto al Régimen MYPE Tributario, si la Renta Neta Anual no sobrepasa las 15 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) se aplicará una Tasa del 10%, mientras que si está por encima de 15 UIT la Tasa a aplicar será del 29,5%.
¿Cuál es la diferencia entre el RER y el MYPE Tributario?
Escoger entre el RER o el Mype Tributario va a depender del nivel de rentabilidad de la empresa. La tasa única que se paga en el Régimen Especial de renta es de 1.5% sobre la ventas. En cambio la tasa del Mype Tributario es del 10% sobre la utilidad, no sobre las ventas. Esta es una diferencia fundamental.
Los pagos se pueden realizar de manera virtual o presencial: Virtualmente: Portal Sunat (con Clave SOL): ingresando a www.sunat.gob.pe/ Sunat Operaciones en Línea (Sol)/ Nueva Plataforma/ Presentación y pago/ Boletas de Pago/ Pago de Tributos.
¿Cómo se calcula el valor a pagar del impuesto a la renta?
Para calcular el Impuesto a la Renta que debe pagar un contribuyente se debe considerar lo siguiente: de la totalidad de los ingresos gravados se restará las devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones, imputables a tales ingresos. A este resultado lo llamamos "base imponible".
¿Cómo se calcula la Renta en el Régimen Especial de Renta (RER)?
Se paga como renta la cuota de 1.5% de los ingresos netos, además del IGV. Este régimen solo lleva dos registros contables; de compras y ventas. Puede emitir todo tipo de comprobante en comparación con el NRUS y solo realiza declaraciones mensuales sin la necesidad de presentar alguna declaración anual.
Para cambiarte de régimen al RER, solo tienes que presentar tu declaración mensual y pago a través de SUNAT Operaciones en Línea dentro de la fecha de vencimiento, que corresponde: Al mes de enero del año que realizas el cambio, si provienes del Régimen General o Régimen MYPE Tributario.
En cualquier mes del año, si provienes del NRUS o RER. El sistema modificará tu régimen sin necesidad de notificación alguna y podrás verificarlo en tu Ficha RUC.
Actualmente en el Perú hay cuatro regímenes tributarios: Régimen Especial del impuesto a la Renta (RER), Régimen General (RG), Régimen Mype Tributario (RMT) y Régimen Único Simplificado (RUS). Contribuyentes inscritos según régimen tributario, diciembre 2022.
¿Qué contribuyentes no pueden acogerse al régimen mype tributario?
Excluidos del RMT
Los contribuyentes con vinculación directa o indirecta en función de capital y cuyos ingresos netos anuales en conjunto superen las 1700 UIT o S/ 9,095,000.00 . Las sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente de empresas constituidas en el exterior.
De 12.450 € a 20.200 €, el tipo impositivo es de 24%. De 20.200 € a 35.200 €, el tipo impositivo es de 30%. De 35.200 € a 60.000 €, el tipo impositivo es de 37%. De 60.000 € a 300.000 €, el tipo impositivo es de 45%.
Desde 20.200 hasta 35.199 euros: retención del 30%. Desde 35.200 hasta 59.999 euros: retención del 37%. Desde 60.000 hasta 299.999 euros: retención del 45%. Más de 300.000 euros: retención del 47%.
Tasas o cuotas Las personas morales deben aplicar la tasa del 30% y para las personas físicas las tasas son variables con un límite inferior del 1.92% y un límite superior del 35% dependiendo del monto de los ingresos que sean gravables, de acuerdo con las tablas establecidas en la Ley del ISR.