Con etiqueta B: acceso restringido a la M-30, sin posibilidad de entrar en Madrid Central. Con etiqueta C y B: no pueden estacionar en la zona del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) de las ZBEDEP.
Sin embargo, el 1 de enero de 2026, comienza su Plan de Calidad del Aire que prohibirá la circulación por las Zonas de Bajas Emisiones a los vehículos diésel con etiqueta B. Además, a partir del 1 de enero de 2028, todos los vehículos con etiqueta B tendrán prohibida su circulación.
¿Cuáles son las limitaciones de un turismo de etiqueta B?
Restricciones etiqueta B
De acuerdo con la ley, los coches que lleven el distintivo B pueden acceder a las Zonas de Bajas Emisiones, pero no estacionar dentro de ellas: para ello, deberán hacer uso de un parking público. Fuera de los límites de las ZBE, podrán seguir circulando con normalidad.
¿Puedo circular por la M-30 con un coche con etiqueta B?
¿Puedo circular por la M-30 con un coche con etiqueta B? Sí, los vehículos con distintivo B de la DGT pueden circular por la M-30, aunque deben tener en cuenta ciertas restricciones. Este grupo incluye turismos de gasolina matriculados entre los años 2000 y 2006, y diésel entre 2006 y 2014.
¿Cuál es la diferencia entre la pegatina B y la C?
Por su parte, la etiqueta C afecta a los coches de gasolina matriculados a partir de 2006 o diésel matriculados a partir de 2014, mientras que la B es para vehículos gasolina matriculados a partir del año 2000 y los diésel matriculados a partir del año 2006.
Etiqueta B en Madrid: ¿Qué PUEDO y que NO PUEDO hacer?
¿Cuál es mejor, la pegatina B o la C?
Si estás dudando entre los coches con etiqueta B o etiqueta C, la respuesta es sencilla: la etiqueta C Teniendo en cuenta la clasificación de los distintivos ambientales de la DGT, después de los coches sin etiqueta (distintivo A) los que van a sufrir mayores restricciones de acceso en las grandes ciudades son los ...
Los coches con etiqueta C pueden circular sin restricciones dentro de la Zona de Bajas Emisiones de Madrid en 2025. No existen limitaciones para su acceso ni para desplazarse por los 21 distritos de la ciudad, incluyendo la M-30, aunque deben cumplir con las normativas generales de tráfico y medioambientales.
Las restricciones en Madrid han sido implementadas a partir de 2024, prohibiendo la entrada de los coches sin etiqueta en todas las calles del municipio a aquellas personas que no estén empadronadas en Madrid.
¿Qué opciones tienen los propietarios de vehículos con etiqueta B? Si bien la fecha clave es el 2028, los propietarios de coches con etiqueta B aún podrán circular por las ciudades y aparcar en zonas de baja emisión, siempre y cuando el vehículo se estaciona en un aparcamiento privado o público autorizado.
¿Se puede entrar con un coche con etiqueta B en Madrid ZBE? Sí, con un vehículo particular con etiqueta B podrás acceder, circular y estacionar por la ZBE de Madrid.
Si tu vehículo en un turismo: No puedes acceder salvo que: Estaciones en un parking de uso público. Estés empadronado en el Distrito Centro, y si tu vehículo es de tu propiedad esté domiciliado en la ciudad de Madrid.
En primer lugar, vamos a explicar qué sucede con los vehículos que tienen etiqueta B en el término de la Zona de Bajas Emisiones de Madrid. En este caso, los coches con etiqueta B podrán seguir circulando sin restricciones, ya que, en 2025, estas solo se aplican a aquellos vehículos que no tengan etiqueta.
¿Se puede circular por la M-40 sin distintivo ambiental en 2025?
Normativa actual
Esta regulación prohíbe expresamente la circulación de vehículos sin etiqueta ambiental por esta vía de circunvalación durante todo el año, las 24 horas del día. Los vehículos clasificados como etiqueta A (vehículos sin pegatina) no están autorizados para circular por la M-40.
¿Qué coches no pueden circular por Madrid a partir de 2025?
Según la normativa vigente del Ayuntamiento de Madrid, a partir del 1 de enero de 2025, los vehículos sin etiqueta medioambiental no podrán acceder y circular por la ZBE salvo tres excepciones: Vehículos que trasladen a Personas con Movilidad Reducida (PMR). Vehículos históricos.
Los vehículos sin etiqueta ambiental que sí pueden seguir circulando por la ZBE Madrid son aquellos que están empadronados en el municipio. Podrán hacerlo hasta el 31 de diciembre de 2025 gracias a una moratoria de última hora anunciada a finales de 2024 por el Ayuntamiento de Madrid.
Por ejemplo, los coches con etiqueta C pueden acceder y circular sin problemas al interior de las ZBE y pueden estacionar sin restricciones, mientras que los coches con etiqueta B solo pueden acceder y encontrar un parking de acceso público donde quedar estacionados.
Todo indicaba que los plazos se cumplirían pero, finalmente, el Ayuntamiento de Madrid ha confirmado el 12 de diciembre de 2024 que los coches sin etiqueta de la DGT que estén empadronados en Madrid y aquellos que cumplan las excepciones arriba mencionadas podrán seguir circulando por la ciudad en 2025.
Asumiendo que los coches con etiqueta B podrían empezar a ver limitado su derecho a circular hacia los años 2026 o 2027, y asumiendo que los coches con etiqueta C serían los siguientes, no sufrirían restricciones de forma habitual hasta los años 2030 o 2031.
6 jun. 2025 21:00h. Si tienes un coche con etiqueta B y resides en Madrid o Barcelona, puedes seguir circulando por las ZBE este año, pero en 2028 empezarán las restricciones.
¿Por qué zonas de Madrid puedo circular con la pegatina B?
Los coches con etiqueta B en Madrid pueden circular y estacionar por la Zona de Bajas Emisiones. En Madrid hay tres escenarios: La Zona de Bajas Emisiones de Madrid, que abarca todo el perímetro del municipio. La Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro (mapa Madrid Central).
¿Cuándo dejarán de circular los coches con etiqueta B y C?
Los coches con etiqueta B y C, los anteriores al 2006 y 2000, no podrán circular por la capital de España. Las etiquetas medioambientales correspondientes a los coches (las llamadas etiquetas verdes) cobran cada vez más importancia.
¿Dónde puedo aparcar en Madrid con una etiqueta B?
Los vehículos con etiqueta B o C únicamente pueden acceder para atravesar la zona si su objetivo es estacionar en un aparcamiento público o privado adherido al sistema de gestión de accesos, mientras que los vehículos con distintivos ECO y CERO disfrutan de libre circulación y aparcamiento continuo dentro del perímetro ...